Fernando Juárez manifestó su deseo de que se le haga justicia con la nueva administración estatal y comunicó que lo citaron en Casa AguayoFoto: Especial

Fernando Juárez Morales, alías “El Mandela”, quien estuvo preso nueve años por falsos delitos en su contra y cuyo caso difundió la Suprema Corte de Justicia (SCJN) esta semana, acudió a la Secretaría de Gobernación (Segob) Puebla para dar a conocer que la Comisión Ejecutiva de Atención a víctimas (Ceavi) le ha dado la espalda respecto a su petición de reparación integral de daños.

En entrevista para URBANO Noticias, explicó que la Ceavi ha sido omisa, a pesar de que tiene un amparo que lo acredita como víctima por error judicial, el 211/2023.

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Abundó que dicho amparo se lo dio el Juzgado Octavo de Distrito de Materia civil y Administrativa y señaló que también tiene un diagnóstico que constata que tiene estrés postraumático y secuelas de trastorno bipolar por la tortura que padeció durante su encierro.

Señaló que la Ceavi ha actuado de manera irregular, porque hasta el día de hoy no ha judicializado ninguna carpeta en contra de sus presuntos agresores y acusó que ministerios públicos lo han amenazado.

También expresó que los peritos de la Fiscalía General del Estado no han querido reconocer su calidad de víctima para la ya mencionada reparación de daños y el acceso a los respectivos fondos de apoyo.

Fernando Juárez manifestó su deseo de que se le haga justicia con la nueva administración estatal y comunicó que lo citaron este martes en Casa Aguayo para revisar su caso.

Los artículos 26 y 27 de la Constitución señalan que las víctimas tienen derecho a ser reparadas de manera oportuna, plena, diferenciada, transformadora, integral y efectiva por el daño que han sufrido como consecuencia del delito o hecho victimizante que las ha afectado o de las violaciones de derechos humanos que han sufrido, comprendiendo medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y medidas de no repetición.

Y precisan que la compensación ha de otorgarse a la víctima de forma apropiada y proporcional a la gravedad del hecho punible cometido o de la violación de derechos humanos sufrida y teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso.

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