Promueven en Congreso de Puebla iniciativa para sancionar contenido sexual falso realizado con inteligencia artificialFoto: Especial

En sesión ordinaria de la LXII Legislatura del Congreso del Estado, el diputado José Miguel Trujillo de Ita presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado, con el objetivo de tipificar como delito de violación a la intimidad sexual la creación de contenido falso con inteligencia artificial, sin el consentimiento de la persona.

En la iniciativa del diputado, se indica que la creación de contenido íntimo falso mediante inteligencia artificial, aludiendo a características físicas identificables de una persona real, vulnera gravemente la dignidad, integridad psicológica y seguridad de las víctimas, además de amplificar el riesgo de revictimización en entornos sociales, escolares, laborales y digitales.

La propuesta mediante la cual se reforma el artículo 225 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, fue enviada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado para su estudio y resolución procedente.

Por su parte, el diputado José Luis Figueroa Cortés presentó una iniciativa para adicionar en la Ley de Búsqueda de Personas que, si una persona autora de alguno de los tipos penales en materia de desaparición forzada aporta información cierta que conduzca a la localización, le será disminuida un 20 por ciento la sanción correspondiente.

La iniciativa para adicionar el artículo 13 Bis a la Ley de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla, fue enviada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia dek Congreso para su análisis.

En tanto, la diputada Leonela Jazmín Martínez Ayala presentó una iniciativa para derogar los artículos 213 y 214 del Código Penal del Estado, con el fin de eliminar la criminalización de personas con VIH, en atención a los principios de igualdad, no discriminación y dignidad humana.

De igual forma, la legisladora presentó una iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley para Prevenir y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos en el Estado de Puebla, con el propósito de que las autoridades estatales y municipales estén obligadas a ofrecer alternativas dignas y apropiadas para las víctimas de trata de personas, en especial a mujeres, niñas, niños y adolescentes.

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