Argumentaron que el uso desregulado de motocicletas ha incrementado accidentes y ha dificultado la identificación en hechos delictivosFoto: Especial

El Congreso de Puebla aprobó este miércoles la “Ley Casco”, una serie de modificaciones a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado que buscan reordenar y regular el uso de motocicletas en la entidad.

Cabe decir que la ley entro en vigor de inmediato. Fue publicada este mismo 18 de junio, en el Periódico Oficial del Estado donde se estableció un plazo de 180 días hábiles para la emisión de los códigos o distintivos que deberán portar los motociclistas en sus cascos para poder circular en Puebla.

Tras semanas casi un mes de análisis sobre el tema, el Pleno legislativo concretó la aprobación de estas reformas durante sesión ordinaria.

La disposición más importante de la ley es la obligatoriedad para los motociclistas de portar un código personal o número de serie alfanumérico visible en su casco.

Este distintivo, único para cada conductor, permitirá una identificación rápida, vinculándose a una base de datos de licencias de manejo, expedida por la Secretaría de Movilidad y Transporte estatal.

Durante la discusión, la legisladora de Movimiento Ciudadano, Fedrha Suriano Corrales, alertó que la “Ley Casco” es, en realidad, una “medida recaudatoria”.

Explicó que las reformas obligarán a motociclistas y automovilistas a tramitar nuevas tarjetas de circulación para especificar el número máximo de pasajeros, lo que, sumado a un posible reemplacamiento, representará una carga económica considerable para las familias poblanas.

“Este cambio en realidad implica una nueva carga económica para todos los propietarios de vehículos”, sentenció.

En contraparte, el legislador de Morena, Miguel Trujillo de Ita, defendió la ley como una respuesta necesaria a la problemática de seguridad y los vacíos legales.

Argumentó que el uso desregulado de motocicletas ha incrementado accidentes y ha dificultado la identificación en hechos delictivos, asegurando que la ley busca “poner orden” sin criminalizar a los conductores.

El diputado Rafael Micalco Méndez (PAN) para retirar el requisito del uso de casco con número de serie personal, por considerar que podría exponer a los motociclistas a la delincuencia, pero fue rechazada.

Nuevas obligaciones para motociclistas

Además del código de identificación en el casco, la “Ley Casco” establece un conjunto de nuevas obligaciones y restricciones:

  • Luces encendidas: Las motocicletas deberán circular en todo momento con las luces encendidas.
  • Carril exclusivo: Solo podrán circular en el carril de en medio, prohibiendo el tránsito por los extremos.
  • Restricción de edad y acompañantes: No podrán tripular motocicletas menores de 12 años, ni transportar a personas que no puedan sostenerse por sí mismas. El número de acompañantes se limita a lo especificado en la tarjeta de circulación.
  • Prohibición de alteraciones: Se prohíbe la alteración de motocicletas para la ampliación de asientos.
  • Cancelación de permisos provisionales: Los permisos provisionales quedan sin efecto.
  • Motos nuevas: Solo las motos nuevas sin placa podrán circular del punto de venta al domicilio.

La “Ley Casco” también contempla disposiciones para los repartidores o mensajeros en motocicleta, quienes deberán portar un chaleco con material reflejante de forma obligatoria y circular sin acompañantes.

Asimismo, los dispositivos de reparto no deberán obstruir la visibilidad de la placa ni de los espejos laterales.

En cuanto a bicicletas y scooters eléctricas, la reforma establece que aquellos que superen los 25 kilómetros por hora no podrán circular por vías primarias ni de alta velocidad.

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