El reparto de utilidades es irrenunciable y constituye un reconocimiento a su contribución en la productividad de las empresasFoto: Ilustrativa

La Secretaría de Trabajo y Competitividad (STyC) informó que mantiene acciones coordinadas con autoridades federales para supervisar y garantizar el cumplimiento de las obligaciones patronales en materia de Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), conforme lo establece la Ley Federal del Trabajo.

Una vez concluido el periodo legal para el reparto de utilidades por parte de personas morales —el pasado 30 de mayo—, se han programado operativos de revisión en distintos centros laborales del estado.

Estas acciones tienen como objetivo atender de manera puntual cualquier inconformidad o queja relacionada con el cumplimiento del reparto de utilidades, ya sea por omisión o por justificación no acreditada.

El artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo establece el derecho de las y los trabajadores a participar en las utilidades generadas por sus empleadores. Este derecho es irrenunciable y constituye un reconocimiento a su contribución en la productividad de las empresas. La distribución debe realizarse de acuerdo con los lineamientos establecidos en los artículos del 118 al 131 del mismo ordenamiento legal.

La STyC reitera su compromiso con la defensa de los derechos laborales, por lo que hace un llamado a trabajadoras y trabajadores que consideren que no han recibido este beneficio conforme a la ley, o bien, que en su terminación de la relación laboral se haya vulnerado un derecho, a acercarse a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Prodet) o, en su caso, a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

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