


El edil de Tehuacán, Alejandro Barroso Chávez, podría enfrentar consecuencias penales luego de incurrir nuevamente en el desacato de una orden judicial federal que prohíbe el uso de fuegos artificiales en el municipio, señaló la Asociación TAC Una Protección al Entorno A.C.
La violación se dio el pasado 10 de mayo de 2025, cuando Barroso Chávez presidió y estuvo presente durante un evento oficial celebrado en el Palacio Municipal, en el que se detonó pirotecnia. De acuerdo a los representantes legales, este acto constituye una flagrante violación a la resolución de amparo emitida el 13 de septiembre de 2023 y ratificada con sentencia definitiva el 29 de abril de 2024, que prohíbe expresamente el uso de fuegos artificiales por razones de salud y medio ambiente. Se trata de la primera sentencia de su tipo en México y América Latina.
El evento fue organizado directamente por el Ayuntamiento de Tehuacán, con la participación activa de los funcionarios públicos responsables de garantizar el cumplimiento de la ley, entre ellos:
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Alejandro Barroso Chávez, Presidente Municipal
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Alejandro Flores Trujillo, Regidor de Gobernación
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Ernesto Palacios Vélez, Director de Gobierno
De acuerdo con la denuncia presentada, Barroso Chávez no solo es responsable jerárquico, sino también autor material del desacato, al haber intervenido de manera directa en la realización del acto prohibido, pese a conocer plenamente la sentencia judicial vigente.
La resolución judicial obliga al Ayuntamiento a abstenerse del uso de pirotecnia, y establece la responsabilidad de proteger el derecho a un medio ambiente sano, con medidas específicas para prevenir y sancionar su uso indebido.
Cabe destacar que en 2024 ya se había acreditado judicialmente que el edil de Tehuacán incumplió esta orden, motivo por el cual la Juez Cuarta de Distrito advirtió expresamente que cualquier nueva falta sería considerada reincidencia.
Como consecuencia, el Juzgado de Distrito dio vista al Ministerio Público Federal por la probable comisión del delito de desacato, previsto en el artículo 262, fracción III de la Ley de Amparo, que contempla sanciones de:
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Hasta 9 años de prisión
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Destitución del cargo público
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Inhabilitación para ejercer funciones públicas
La situación legal del edil de Tehuacán se complica, y se espera que en los próximos días se definan las acciones judiciales correspondientes, hasta el momento no hay algún pronunciamiento al respecto por parte del Gobierno de Tehuacán.
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